15 minutos. El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha anunciado este viernes la reducción, de 24 a 18 meses, de la suspensión al velocista estadounidense Christian Coleman, pero aún así el campeón mundial de 100 metros no llegará a los Juegos Olímpicos de Tokio.
El ente halló culpable a Christian Coleman por infringir las normas antidopaje por 3 incumplimientos de localización en un período de 12 meses. La Unidad de Integridad del Atletismo le impuso un período de inelegibilidad de 24 meses, pero el estadounidense recurrió esta decisión ante el TAS.
El campeón del mundo de 100 metros deberá cumplir finalmente una suspensión de 18 meses. Esta es efectiva a partir del 14 de mayo de 2020, por lo que se perderá la cita olímpica de este verano en Tokio.
“Al tomar su decisión, el panel del TAS determinó que Christian Coleman efectivamente había cometido una violación de las Reglas Antidopaje bajo el Artículo 2.4 de las Reglas Antidopaje de World Athletics, pero encontró que el grado de negligencia del atleta era menor que el establecido”, explicó el organismo en un comunicado.
Unidad de Integridad del Atletismo recibió bien la decisión
La Unidad de Integridad del Atletismo (AIU) acogió favorablemente la resolución del TAS pese a que reduce en 6 meses la suspensión de 2 años inicialmente impuesta al estadounidense Christian Coleman.
“La AIU da la bienvenida a la decisión del TAS según la cual Christian Coleman ha infringido el artículo 2.4 de Código Antidopaje y tendrá que cumplir una sanción de 18 meses, contando desde el 14 de mayo de 2020”, señala en un comunicado.
Athletics Integrity Unit welcomes CAS decision to ban Christian Coleman of the USA for 18 months for an anti-doping rule violation. He will remain ineligible to compete until 14 November 2021.
— Athletics Integrity Unit (@aiu_athletics) April 16, 2021
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El TAS, según explica la AIU, rechaza por “insostenible” la explicación alegada por Coleman de que el 9 de diciembre de 2019 había regresado a casa dentro del margen diario de 60 minutos en que debía estar localizable y considera “negligente” su conducta al no regresar a tiempo por estar de compras.
El responsable de la AIU, Brett Clothier, celebró la resolución del TAS. A su juicio “confirma que los atletas deber tomarse muy en serio sus responsabilidades y deben estar localizables durante los 60 minutos diarios. No es suficiente con estar cerca del punto indicado como localización por si son requeridos para controles de dopaje”.
“La normativa en materia de localización se aplica igual a todos los atletas de elite en cualquier parte del mundo”, subrayó.