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Supremo rechaza conmutar pena a condenado por masacre de jesuitas

Guillermo Benavides fue condenado en 1992 a 30 años de cárcel en El Salvador por la masacre de seis padres jesuitas y dos mujeres en 1989.

La denegatoria ocurrió porque los magistrados de la Corte Suprema de Justicia señalaron que se tarta de un crimen de lesa humanidad. (Cortesía Flickr)

15 minutos. La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador se negó a conmutar de la pena de prisión que paga el coronel Guillermo Benavides.

Benavides fue condenado en 1992 a 30 años de cárcel por la masacre de seis padres jesuitas y dos mujeres en 1989.

Manuel Escalante, del Instituto de DDHH de la Universidad Centroamericana, dijo que la solicitud de conmutación de la pena no procedió porque, según jueces del Supremo, trata de un crimen de lesa humanidad.

En mayo de 2017, la Compañía de Jesús pidió al Gobierno de El Salvador que esta condena fuera conmutada por una equivalente a los periodos en que Benavides ya estuvo luego de las rejas.

Dicha solicitud debía aprobarla la CSJ para que el Ejecutivo pudiera pasar a la conmutación.

Dictamen negativo

El coronel cumplió la pena hasta que se aprobó una amnistía para los crímenes de la guerra civil salvadoreña (1980-1992) en 1993, pero fue capturado de nuevo en febrero de 2016.

El 5 de febrero de dicho año, las autoridades procedieron a ejecutar las órdenes de captura contra 16 militares, requeridos por la Audiencia Nacional de España.

Sin embargo solo detuvieron a Benavides y tres más.

El dictamen de la CSJ se emitió poco antes de finalizar la gestión del excomandante guerrillero Salvador Sánchez Cerén en el Ejecutivo, según Escalante.

Por otra parte, la familia de Benavides solicitó a la Asamblea Legislativa el 19 de mayo del 2017 el indulto como último recurso para que recuperara su libertad.

Pero este también fue negado por disposición del Supremo en diciembre de 2017, de acuerdo con el fallo consultado por Efe.

Razones de índole jurídica

Los magistrados señalaron que no existían "razones de índole jurídica, moral, justicia o de equidad que justifiquen un informe favorable" para indultar un crimen catalogado como de lesa humanidad.

Esta gracia legal "estaría vedada para esta categoría particular de delitos de trascendencia internacional".

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