15 minutos. La Justicia Especial de Paz (JEP) de Colombia expulsó este viernes de su jurisdicción al exlíder de las FARC Luciano Marín Arango, alias “Iván Márquez”, así como a José Manuel Sierra, alias “Zarco Aldinever”, y Henry Castellanos, alias “Romaña”, poco más de un mes después de que retomaran las armas.
En la audiencia en que se tomó la decisión, el magistrado Iván González Amado leyó un auto en el que asegura que después de ver el video en el que anuncia que vuelven a las armas, publicado el pasado 29 de agosto, se ha podido comprobar “que son desertores armados manifiestos” del proceso de paz.
“Como consecuencia, la única sanción aceptable es la máxima posible: la expulsión de la Jurisdicción Especial para la Paz y la pérdida de todos los beneficios, judiciales y administrativos, que recibieron los involucrados como miembros de la extinta guerrilla de las FARC”, reza el auto.
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Márquez, que fue el jefe negociador de la hoy desmovilizada guerrilla de las FARC, publicó un video junto a “Romaña” y el “Zarco Aldinever”, entre otros, en el que anunciaba que volvía a las armas.
Por ello, resuelven que los tres exlíderes “incumplieron gravemente las obligaciones constitutivas del régimen de condicionalidad exigidas por la Constitución y la ley para gozar de los beneficios y garantías propios de la justicia transicional pactada” en el acuerdo de paz.
"La única sanción aceptable es la máxima posible: la expulsión de la @JEP_Colombia y la pérdida de todos los beneficios, judiciales y administrativos, que recibieron los involucrados como miembros de la extinta guerrilla de las FARC- EP": magistrado Iván González. pic.twitter.com/onf9rzdySV
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) October 4, 2019
De ese modo, no solamente quedan excluidos de los beneficios concedidos por las autoridades judiciales y administrativas sino también revertir y remitir a la justicia ordinaria los casos en los que estén involucrados los tres exlíderes de las FARC.
Por eso, ordenaron a la Secretaría Judicial General de la JEP que “identifique todas las actuaciones que frente a ellos lleva la jurisdicción con el fin de que (…) las autoridades de la JEP dispongan el envío a los órganos competentes de la justicia ordinaria de todas las diligencias correspondientes que no se requieran para el cumplimiento de funciones de la JEP“.
Asimismo, la decisión será comunicada a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de personas dadas por desaparecidas durante el conflicto.
Dentro de los beneficios revocados están las amnistías o indultos otorgados, la libertad condicional o condicionada, la suspensión o cancelación de las órdenes de captura y los beneficios administrativos y económicos relacionados con el proceso de reincorporación a la vida civil.