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Declaran constitucional la "emergencia económica" de Maduro

Asimismo, es "nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional en desacato pretenda desaprobar el decreto de estado de excepción"

La Asamblea Nacional, única institución controlada por la oposición, denunció que la última prórroga era "inconstitucional". Sin embargo, el TSJ se alineó con el Palacio de Miraflores (Marcelo Garcia/Prensa Miraflores/DPA)

15 Minutos. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró constitucional el "estado de emergencia económica" declarado por Nicolás Maduro en 2016. La medida la volvió a prorrogar el pasado 5 de enero.

"La Sala Constitucional declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.090, de fecha 5 de enero de 2020 (...) mediante el cual el presidente de la República, el ciudadano Nicolás Maduro Moros, declaró el estado de excepción y de emergencia económica en todo el territorio nacional". Así lo anunció el TSJ en un comunicado.

Maduro dio este paso en respuesta a la "guerra económica". La misma que, según denunció entonces, la derecha venezolana y sus aliados internacionales lanzaron contra el país para derrocar a su régimen.

La Asamblea Nacional, única institución controlada por la oposición, denunció que la última prórroga era "inconstitucional". Sin embargo, el TSJ se alineó con el Palacio de Miraflores.

AN en desacato

El alto tribunal también declaró "nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional en desacato pretenda desaprobar el decreto de estado de excepción".

"Resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados del Parlamento, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del alto juzgado de la República", recordó.

El TSJ declaró en "desacato" a la Asamblea Nacional en 2016 por una discrepancia electoral. Esto desató una crisis institucional que se ha agravado en estos años.

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