Corridas de toros y peleas de gallos no se consideran patrimonio cultural tras decisión de Supremo de México

La Segunda Sala del supremo mexicano precisó que la facultad para emitir este tipo de declaraciones sobre el patrimonio cultural corresponde al Gobierno Federal

Esta noticia tiene lugar varios días después de que un juez federal de México ordenase el pasado viernes la suspensión de manera indefinida de las corridas de toros en Plaza México (DPA)

15 minutos. El Tribunal Supremo de México anuló este miércoles un decreto ley del estado de Nayarit, en el oeste del país, con el que se consideraba a las corridas de toros y las peleas de gallos como parte del patrimonio cultural inmaterial.

La Segunda Sala del supremo mexicano precisó que la facultad para emitir este tipo de declaraciones sobre el patrimonio cultural corresponde al Gobierno Federal, y no así a los estados que conforman el país, según su interpretación de la Constitución de México y a la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.

Por ello, el Tribunal Supremo de México clasificó como inconstitucional al decreto aprobado por el estado de Nayarit, no dando por válido que se considere patrimonio cultura a “la fiesta taurina” y las peleas de gallos.

Suspención indefinida

Por otra parte, la sala destacó que en este caso no se dictaminó sobre si deben o no ser prohibidas legalmente este tipo de eventos, ya que como explica, “ello es una cuestión que no fue planteada en el juicio de amparo”.

Esta noticia tiene lugar varios días después de que un juez federal de México ordenase el pasado viernes la suspensión de manera indefinida de las corridas de toros en Plaza México, situada en Ciudad de México y reconocida como la plaza de toros más grande del mundo, después de hubiera permanecido provisionalmente cerrada desde el pasado 28 de mayo.

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