Tribunal de Perú vota a favor de la liberación de Keiko Fujimori

La decisión del tribunal, que implica la libertad inmediata de la líder opositora peruana, fue tomada por una mayoría de 4 votos contra 3 de los magistrados

Keiko se mantiene en prisión desde hace casi 11 meses (Ernesto Arias/EFE)

15 minutos. El Tribunal Constitucional (TC) de Perú declaró este lunes “fundado” un recurso que pidió la liberación de la líder opositora Keiko Fujimori.

La hija del expresidente peruano, Alberto Fujimori, estuvo en prisión preventiva desde hace casi 13 meses, mientras se le investiga por un presunto lavado de activos vinculado con la empresa brasileña Odebrecht.

El presidente del tribunal, Ernesto Blume, confirmó que publicarán los términos de la resolución este jueves y los enviarán al día siguiente al Poder Judicial para que se cumpla en el menor tiempo posible.

Los fundamentos de la decisión

Blume sostuvo que el TC decidió “declarar fundada la demanda de hábeas corpus por afectación del derecho a la libertad personal” de Keiko Fujimori, presentado por su hermana Sachi Marcela.

Asimismo, detalló que tomaron la medida por una mayoría de 4 votos a favor de los magistrados Carlos Ramos, José Luis Sardón, Augusto Ferrero y Ernesto Blume, y 3 en contra, de Manuel Miranda, Marielena Ledesma y Eloy Espinoza Saldaña.

Ante la polémica que se generó en el país ni bien trascendió la decisión, Blume admitió que se trata de “un caso relevante que viene concitando la atención toda la colectividad peruana y extranjera”, pero se tomó luego de “un debate amplio, con altura, sereno y sin restricciones”.

De esa manera, precisó, el TC declaró nulas tres decisiones judiciales anteriores (desde el juzgado preliminar, la Corte Superior y la Sala Permanente del Poder Judicial) que retificaron la prisión preventiva ordenada contra Keiko el 30 de octubre del año pasado.

En ese sentido, ordenó “retrotraer las cosas al estado anterior de las resoluciones anuladas y disponer la inmediata libertad de la favorecida”.

Rechazo a la “justicia mediática”

La medida se basó tanto en la Constitución peruana como en la jurisprudencia nacional existente, así como en resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Por esto, Blume dijo que en su país se tiene “que ser absolutamente cuidadoso, la justicia mediática no es justicia”.

Incluso, agregó que “la única forma” de enfrentar a la corrupción en su país “es llevar a cabo una lucha constitucionalizada”.

“La justicia constitucional no se subordina a ningún poder político, ni al poder de una burocracia o de funcionarios, ni mucho menos a rumores generados para orientar a la opinión publica en un sentido”.

Ernesto Blume

El magistrado indicó que “los derechos fundamentales o humanos no tienen rostro” y que los tribunos actúan “de acuerdo a lo que manda la Constitución y la ley” y la defensa de los derechos humanos.

“Las sentencias del Tribunal Constitucional son ajenas a todo poder político, a todo poder fáctico”, acotó.

No es una absolución

Blume remarcó que el TC “no juzgó el tema de fondo, del caso de la ciudadana Keiko Fujimori”, ya que con su decisión “no ha declarado su absolución ni la ha condenado”.

Después reiteró que esa será una “responsabilidad exclusiva del Poder Judicial, que el Tribunal Constitucional respeta de manera escrupulosa”. En este sentido, afirmó que los tribunos actúan “no lavándose las manos ni mucho menos actuando de forma pusilánime”.

Así, la liberación se anunció poco después de que Keiko Fujimori se acogiera este lunes a su derecho a guardar silencio cuando iba a ser interrogada en el marco de la investigación que se le sigue por presunto lavado de activos argumentando que “no existen las garantías mínimas de respeto al debido proceso”.

El fiscal José Domingo Pérez programó este interrogatorio en la cárcel de mujeres de Lima, donde Fujimori permanece desde hace más de un año.

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