Bolivia había argumentado con anterioridad que el derecho consuetudinario no se aplica a los caudales artificiales de las aguas
"Nuestro país puede estar tranquilo con la sentencia", afirmó Boric (EFE/Elvis González)
1 de diciembre de 2022 12:44 PM | Con información de EFE y DPA
15 minutos. La Corte Internacional de Justicia (CIJ) declaró este jueves que "no existen dudas" de que el Silala es un río "internacional". Además, desestimó la contrademanda presentada por Bolivia contra Chile, por lo que el país no tendrá que indemnizar al Gobierno boliviano, que aseguraba tener la soberanía de lo que ha descrito como "canales artificiales".
El tribunal señaló que las autoridades chilenas tienen "derecho a hacer un uso equitativo y razonable" de las aguas. "No deben indemnizar a Bolivia", dictaminó la CIJ, dado que el país está utilizando "debidamente" los recursos hídricos, a pesar de que Bolivia ha insistido en que las aguas del Silala fluyen hacia Chile por canales artificiales.
"Existe un acuerdo entre los Estados ribereños, Chile y Bolivia, de que el río Silala constituye un curso de agua internacional", dij la CIJ. "Por ende, no hay duda sobre esta materia", precisó la jueza Joan Donoghue, presidenta de la Corte, durante la lectura pública del fallo.
Tras más de una hora de lectura del esperado veredicto, que es inapelable, la CIJ consideró que la mayoría de las reclamaciones y cuestiones habían quedado resueltas durante el proceso judicial. También contestó todos los puntos con una misma frase: “Ya no tiene ningún objeto, y, por tanto, el tribunal no está llamado a tomar ninguna decisión”.
Esto incluye la petición de Chile a la CIJ de reconocer el carácter internacional de las aguas del Silala, aunque la posición legal inicial de Bolivia fue oponerse a esta afirmación.
Durante el proceso, los letrados chilenos habían pedido a la CIJ la aplicación sobre todo el curso del agua del derecho internacional consuetudinario; es decir, las normas que se aplican a los ríos internacionales cuando no existe un tratado entre los países ribereños.
En este caso, Bolivia había argumentado que el derecho consuetudinario no se aplica a los caudales artificiales de las aguas. Sin embargo, durante el procedimiento, expresó su acuerdo con el argumento de Chile de que sí se aplicaba.
Lo que La Paz cuestionó después fue la definición de “cursos de agua internacional” para fines distintos de la navegación. La CIJ consideró que esto no cambia el hecho de que, en esencia, las partes no están en disputa sobre el estado de las aguas del Silala, y al tribunal ya no le corresponde pronunciarse sobre este punto.
La CIJ también recordó que cada país ribereño tiene derechos y obligaciones con respecto al “uso equitativo y razonable” de las aguas. Ello supone que los Estados también están obligados a no privar a otros Estados ribereños de sus derechos; una norma que, precisó, se aplica a Chile y Bolivia en este caso. La Paz tampoco objetó este punto.
Además, la Corte señaló que recibió con beneplácito y tomó nota de la expresión de voluntad de Bolivia de cooperar para avanzar en la resolución de la disputa entre las partes. Asimismo, subrayó que Chile acepta que Bolivia pueda decidir sobre el destino de la infraestructura.
Por su parte, el presidente de Chile Gabriel Boric aseguró que el fallo de la CIJ de La Haya es "sólido", "fundamentado" y "categórico", y que el máximo tribunal de las Naciones Unidas (ONU) reconoció que el rio Silala, que nace en Bolivia, es internacional.
"Nuestro país puede estar tranquilo con la sentencia. ¡Hemos obtenido la certeza jurídica que fuimos a buscar!", reconoció el mandatario chileno en una declaración oficial desde el palacio La Moneda, sede de Gobierno.
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